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jueves, 10 de octubre de 2013

EL GOBIERNO VENEZOLANO HUYE DE LA CORTE INTERAMERICANA (I)

Columna: “Defendamos a Cojedes”.Las Noticias de Cojedes”. Sábado 12 de octubre 2013

HUIR DE LA CORTE <<VIOLA DERECHOS HUMANOS>> (PARTE 1)
Saludos amigos “Defensores de los Derechos Humanos (DH)”, bien recibidos esos esplendidos comentarios sobre los contenidos antecesores al tema de hoy. Tópico de interés superior para todos los venezolanos,  ya que el gobierno decidió “a la machimberra” (léase: sin consulta, ni debate político), el 10/09/13 oficializar el retiro de Venezuela de la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), tras la denuncia del conocido “Pacto de San José de Costa Rica” (Convención suscrita el 22-Nov 1969), aludiendo el retiro “al rescate de la dignidad del pueblo supuestamente pisoteada por este tribunal”, privando de forma inconsulta a los venezolanos, de un derecho universal adquirido, de poder acudir a la única instancia legal que hace frente a atropellos directos de regimenes déspotas de la región. Además, La CIDH atribuye a cada país el deber de organizar un sistema judicial autónomo, para asegurar el libre y pleno ejercicio de los DH y libertades fundamentales. Esto significa, que dicho Convenio, obliga a los Estados adscritos a: 1) Respetar los DH (Estado de Derecho y de Justicia). 2) Prevenir, investigar, sancionar las violaciones de DH (impunidad cero). 3) Restablecer los DH violados (Seguridad Jurídica); y 4) Reparar los daños (Indemnizar a las victimas)… Cabe la pregunta: ¿Esto será malo o es bueno para el pueblo?
Los Derechos Humanos (DH) son las facultades, libertades y reivindicaciones otorgadas por la naturaleza y reconocidas por la ley, para que el ser humano se desarrolle bio-psico-social y simbólicamente en garantía de una vida digna, sin distinción de persona alguna. Podemos citar, los civiles y políticos (la vida, integridad personal, igualdad, libertad, el honor, el asilo, la justicia); los económicos, sociales y culturales (seguridad social, salud, educación, empleo, vivienda, alimento, agua, protección de la familia, ambiente sano, información-participación ciudadana), entre otros. Los DH deben estar contemplados en la Constitución y garantizados por la Ley de cada nación, protegidos por convenios (como el de “San José”), el derecho universal, los principios generales de organizaciones mundiales y otras fuentes del derecho internacional.
Los DH han adquirido tal envergadura, hoy día, que su consagración histórica ha obedecido más a medidas de protección y de prevención, producto de la primera (1914-18) y la segunda (1939-45) guerra mundial, que mostraron los extremos de barbarie a que puede llegar el ser humano en su propia destrucción. Además de ellos, se produjo por la ocurrencia de dos grandes hechos: 1). Que a menudo era el Estado el primer y más importante violador de los DH. 2). Que existía una relación muy estrecha entre el respeto a los DH y el mantenimiento de la Paz Mundial. Es decir, si un Estado violaba los derechos constantemente, los otros le quitaban la ayuda,  rompían relaciones o le declaraban la guerra. En este sentido, la protección y el respeto de estos derechos deviene en una aspiración vital de toda la comunidad mundial, generando la necesidad de crear un tribunal internacional al que se pueda acudir cuando los DH hayan sido violados por algún órgano de Estado. He aquí una respuesta… “estar amparado por la CIDH es buenísimo para los pueblos”.  Retirarse de su jurisdicción “es un retroceso que vulnera el derecho a estar protegido de actos u omisiones de Estado, contra los DH”.
En resumen, el Sistema Interamericano de DH constituye el marco legal para su protección y consolidación, La Corte provee una instancia judicial a los habitantes de América que sufran violación de sus derechos por parte del Estado. Ese beneficio colectivo del sistema se remonta hasta la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano (1789), adoptada en la Carta de la OEA (1948) y en la Convención Americana sobre DH (1969). En fin, la decisión de permanecer adscrito o de retirarse de un convenio internacional, tan sensible y vital, como el “Pacto de San José”, no puede estar sujeta al parecer  de un solo grupo, ni mucho menos a un solo hombre… ¡no puede ser tan mantequilla¡ (hacerlo es un Escape). Esa es una decisión “grades ligas”, que debe estar sujeta a consulta popular o en su defecto a un debate político en la Asamblea Nacional (¿esto es una democracia participativa o qué?). No obstante, aún quedan muchas incógnitas al respecto ¿Por qué la huida?,  ¿Quién ampara al pueblo? ¿Cuáles son las consecuencias? Las mismas se responderán en la próxima entrega.
LARRIS EDUARDO SILVA LARA   Lcdo. (Esp.) Educación Técnica.
E-mail: larris_silva@hotmail.com Twitter: @larris_silva.

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