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miércoles, 2 de marzo de 2011

PROTESTA INTELIGENTE DEL PUEBLO

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Estimadísimos seguidores “Defensores de los intereses del pueblo”, mis excusas por la breve ausencia de esta columna de opinión en las pasadas fechas. Motivado a razones de salud de este servidor. No obstante, agradecido a todos quienes me han manifestado sincera solidaridad humana, que dios les bendiga y les proteja. Invocamos la fe divina para que nos irradie y proteja como pueblo, e ilumine la conciencia de aquellos que se otorga poder para defenderlo. Sobre todo, para que nos guíe al momento de expresar impetuosamente nuestra queja o disconformidad, es decir, de manifestar con ahínco y con firmeza la oposición a alguien o a algo que enfrente los valores y derechos sociales o atente contra la propia dignidad del ser humano. Debemos protestar contra la injusticia, contra el abuso de autoridad, contra la arbitrariedad del poder, contra la ilegalidad, contra la negligencia oficial, contra la corrupción pública, contra la violación de la ley, contra el atropello ciudadano y contra la violación de sus derechos. En esta concepción de la protesta, pacífica e inteligente, se alude a la protesta como un derecho y un deber innato en el ser social, como un mecanismo de equilibrio socio-político y una herramienta colectiva para lograr enaltecer el principio democrático de libertad, en búsqueda del beneficio colectivo.

Protestar, también significa declarar o proclamar un propósito. Confesar públicamente la fe y creencia que alguien profesa y en que desea vivir, por ejemplo: los venezolanos creemos en lo establecido en La Constitución Nacional de 1999, tenemos fe y creemos en un Estado democrático, de justicia y de derecho, y deseamos vivir en paz y armonía, en una nación donde se respeten y defiendan los derechos humanos. Es más, protestar transita por el significado de exigir, de reclamar o emplazar el funcionamiento ecuánime de los poderes públicos. Más aún, cuando uno de estos poderes contenga instancias de una Defensoría del Pueblo (Poder Moral, caso venezolano). El Defensor del pueblo, es la persona comisionada por las altas cortes generales, para la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos ante los poderes públicos. La Defensoría del Pueblo tiene a su cargo la promoción, defensa y vigilancia de los derechos y garantías establecidos en nuestra Carta Magna y en los tratados internacionales sobre derechos humanos, además de los intereses legítimos, colectivos o difusos de los ciudadanos y ciudadanas. Esta institución se debe proponer construir confianza a partir de la vigencia del Estado Social de Derecho y de Justicia y contribuir a la estabilidad institucional del país, promoviendo prácticas de buen gobierno que brinden eficiencia, respeto a los derechos fundamentales y el cumplimiento correcto de los principios que inspiran la ética y la convivencia social.

La Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo (2004), le establece 17 competencias, entre las que resaltan: hacer de oficio o a petición, cualquier investigación de su competencia. Intervenir en las acciones de inconstitucionalidad. Actuar frente a cualquier jurisdicción, de oficio, a instancia de parte o por solicitud del órgano jurisdiccional correspondiente. Mediar en la resolución de conflictos materia de su competencia. Velar por los derechos y garantías de las personas limitada de su libertad. Inspeccionar las dependencias de los órganos del Estado, en protección de los derechos humanos. Velar por los derechos de los pueblos indígenas. Denunciar ante las autoridades al funcionario o particular que incumpliere con su deber, en el suministro de información. Velar por el correcto funcionamiento de los servicios públicos, amparar y proteger los derechos e intereses legítimos, colectivos o difusos de las personas, contra las arbitrariedades, desviaciones de poder y errores cometidos en la prestación de los mismos. Solicitar la aplicación de los correctivos y las sanciones por la violación de los derechos del consumidor y el usuario. Velar por la efectiva conservación y protección del medio ambiente. Impulsar la participación ciudadana para vigilar los derechos y garantías constitucionales y demás objetivos de la Defensoría del Pueblo. Ejercer las acciones frente a la amenaza o violación de los derechos humanos, entre otras.

En resumen, el pueblo debe rescatar la institucionalidad de la protesta, la manifestación pública, inteligente y pacífica de su inconformidad frente a hechos y situaciones que atentan contra sus principios fundamentales como seres humanos, contra la desprotección y el desamparo del Estado, contra la impunidad, contra la corrupción… En fin, la gente debe aprender a direccionar la protesta, sin perjudicar a nadie, pero haciéndose sentir y exigiendo respuestas inmediatas, emplazando a quienes tienen la responsabilidad de resolver la situación. En estos tiempos de altos niveles de inseguridad y criminalidad donde la vida de un ser humano, al parecer, “no vale medio”… Sería una paradoja inteligente e inédita, que: ¡El Pueblo protestara ante su indefensoría¡ “frente a la Defensoría”.

LARRIS EDUARDO SILVA LARA. C.I.: 5.744.398. larris_silva@hotmail.com.
Ingeniero, Docente, Tasador y Postgrado en Educación Técnica

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